Pese a que el Consistorio asegura que, "consultados los datos de catastro, se ha comprobado la titularidad pública del espacio", ha decidido, "por seguridad jurídica", informar a la ciudadanía "con antelación suficiente" de una medida que supone la pérdida de la gratuidad en el estacionamiento para 13 vehículos.
Decreto de alcaldía 2026/004026
Con fecha 13 de mayo de 2026 se ha recibido solicitud del Concejal Delegado del Área de Servicios Municipales de señalización como zona de estacionamiento limitado del espacio existente entre el nº 40 de la calle Río Castaños y la zona deportiva, para su inclusión efectiva dentro del sistema de regulación horaria del aparcamiento, lo que supondría incluir en el citado sistema 13 nuevas parcelas de estacionamiento.
Resultando que, de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Alcaldía Presidencia nº 01706 de fecha 27 de febrero de 2019, por el que se aprobó la nueva zonificación del municipio en lo que a las zonas de aparcamiento regulado se refiere, dicho espacio se encuentra englobado en el sector azul de la zona 2 del sistema de regulación horaria del estacionamiento, según la delimitación espacial definida en la documentación gráfica que se incorporaba a la precitada resolución como anexo I.
Resultando que, si bien su apariencia inicial era la de un espacio de titularidad privada, consultados los datos de catastro se ha comprobado la titularidad pública del espacio.
Considerando que, pese a que no nos encontramos ante ninguno de los supuestos contemplados dentro de las previsiones del artículo 103 de la vigente Ordenanza Municipal de Tráfico, al encontrarse este espacio incardinado en el sector azul de la zona 2, aunque sin señalizar, por seguridad jurídica se considera necesario informar a la ciudadanía, con antelación suficiente, de la adopción de la precitada medida de señalización y ulterior incorporación de facto al sistema de regulación horaria del aparcamiento mediante la inserción del correspondiente anuncio en el tablón municipal de edictos y en la web municipal, y a la adjudicataria del contrato del servicio de control horario del aparcamiento en las zonas de estacionamiento limitado, para que proceda, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.3.2 del pliego de condiciones técnicas del citado contrato, a la señalización de las plazas en el plazo máximo de una semana desde que se le comunique la resolución, así como la colocación de la correspondiente nota informativa de la próxima incorporación del espacio al sistema de regulación horaria del aparcamiento.
Resultando que con fecha 14 de mayo de 2026 se ha emitido informe por los servicios técnicos municipales con el contenido que obra en el expediente.
Vistos los preceptos citados y demás de aplicación, a propuesta del concejal delegado del Área de Servicios Municipales, esta alcaldía, en uso de las atribuciones legales que tiene conferidas, RESUELVE:
PRIMERO: Comunicar a la empresa adjudicataria del contrato del "Servicio de control horario del aparcamiento en las zonas de estacionamiento limitado de Barakaldo", que deberá proceder a la señalización como zona de estacionamiento limitado (sector azul) del espacio existente entre el nº 40 de la calle Río Castaños y la zona deportiva en el plazo máximo de una semana desde que se le comunique la resolución.
SEGUNDO: A tenor de lo dispuesto en la precitada Resolución de la Alcaldía Presidencia nº 01706 de fecha 27 de febrero de 2019, el horario de regulación será el de la zona 2, esto es, los días laborables, de lunes a viernes de 9 a 14 y de 16 a 20 horas y los sábados de 9 a 14 horas. TERCERO: A efectos de la vigilancia y cumplimiento de las obligaciones y derechos que conlleva la modificación de la señalización en el citado emplazamiento, se procederá a la inserción del correspondiente anuncio en el tablón municipal de edictos y en la web municipal, con la fecha de vigencia de la efectividad de la misma. En el momento en que se ordene la publicación deberán estar cuando menos iniciados los trabajos de señalización.
CUARTO: Notificar la presente resolución a la empresa adjudicataria VALORIZA SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES, S.A., con domicilio a efecto de notificaciones en el correo electrónico xxxxx@xxx.com, con indicación de que contra el presente acuerdo/resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente RECURSO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO ANTE LA SECCIÓN DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE BILBAO que por turno corresponda, en virtud de la distribución de competencias prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados, igualmente, a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación. De formular el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el primero sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, de conformidad con los artículos 123.2 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En su caso, podrá dirigir el recurso a la Sección del Tribunal de Instancia correspondiente, de resultar aplicable la regla segunda del artículo 14.1 de la mencionada Ley 29/1998, de 13 de julio. En todo caso podrá interponer cualquier otro recurso o acción que considere aplicable para la mejor defensa de sus derechos.
QUINTO: Dar traslado de la presente resolución a los concejales delegados de las Áreas de Alcaldía y Barrios, Gobierno Abierto, Agenda Urbana, Promoción Económica, Turismo e Innovación; Economía, Hacienda y Patrimonio; Contratación y de Seguridad Ciudadana para su distribución a cada uno de los Servicios de sus Áreas afectados.
SEXTO: Devuélvase el expediente al área de Servicios Municipales. Lo manda y firma la Sra. alcaldesa, en la Casa Consistorial del Iltre. Ayuntamiento de Barakaldo, en la fecha señalada en el cajetín de inscripción, siendo suscrito por la jefa del Servicio Jurídico y el delegado del Área de Servicios Municipales.
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